REPSE

REGISTRO DE PRESTADORAS DE SERVICIOS

ESPECIALIZADOS U OBRAS ESPECIALIZADAS

 

¿Colocas personal a disposición de tu cliente?

Deberás realizar el trámite de registro REPSE.

Este trámite permitirá que tu empresa esté registrada ante la STPS como Prestadora de Servicios Especializados.

Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas (REPSE)

La Ley Federal del Trabajo (LFT) establece que las personas físicas o morales que proporcionen servicios especializados o ejecuten obras especializadas deben contar con un registro ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) bajo una plataforma pública en Internet, por lo cual se desarrolla y nace el REPSE, publicándose el 24 de mayo de 2021 en el DOF el acuerdo por el que se dan a conocer las disposiciones de carácter general para el registro de personas físicas o morales que presten servicios especializados o ejecuten obras especializadas a que se refiere este artículo 15, resaltando lo siguiente:

Las personas físicas o morales que deseen incorporarse al registro de la STPS, deberán precisar el servicio que prestan o el tipo de obra que van a ejecutar, y por cada una de dichas actividades deberán acreditar, bajo protesta de decir verdad, el carácter especializado de las mismas y proporcionar los elementos o factores que dan sustento a este carácter excepcional. Asimismo la persona física o moral que subcontrate servicios especializados o la ejecución de obras especializadas con una contratista que incumpla con las obligaciones que deriven de las relaciones con sus trabajadores, será responsable solidaria en relación con los trabajadores utilizados para dichas contrataciones.

Principales puntos adicionales, sobre el registro en la plataforma:

  • Cada tres años las empresas tendrán que actualizar su registro ante la STPS.
  • Para obtener el registro deberán acreditar estar al corriente de sus obligaciones fiscales y de seguridad social ante el SAT, el IMSS y el INFONAVIT.
  • Se deberá incluir en cada contrato que celebre su número de registro y los folios de las actividades del objeto social o la constancia de situación fiscal registrados en el Padrón y que correspondan con la actividad específica subcontratada.
  • El registro es exclusivamente para quien ponga trabajadores a disposición de un tercero para la realización de los servicios y las obras especializadas contratadas.
Nuestro equipo de asesore Fiscales, Contables y Legales trabajaran en:
      El trámite del registro es gratuito, sin embargo, solo el 7% de los registros se realizan adecuadamente.
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